Aprueban el Reglamento de Multas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
ARTÍCULO 16º.- INTERESES
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aplica la Tasa de Interés Moratorio que fija la SUNAT para las deudas tributarias.
La deuda no pagada dentro del plazo indicado en el artículo 14, devenga un interés equivalente a la Tasa de Interés Moratorio (TIM-MTPE).
La aplicación de los intereses moratorios se suspende a partir del vencimiento del plazo máximo para resolver la apelación correspondiente por la Administración, hasta la notificación de la resolución que resuelva el recurso de apelación.
Durante el período de suspensión la deuda será actualizada en función del índice de Precios al Consumidor.
En caso que se modifique el monto de la multa, los intereses se contarán a partir del día siguiente de vencido el plazo indicado en el artículo 14.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.