Aprueban el Reglamento de Multas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

ARTÍCULO 15º.- IMPUTACIÓN DE PAGO

El pago se imputará a los gastos y costas procedimentales, de ser el caso, luego al interés moratorio o de fraccionamiento y por último a la multa.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.