Aprueban el Reglamento de Multas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
ARTÍCULO 15º.- IMPUTACIÓN DE PAGO
El pago se imputará a los gastos y costas procedimentales, de ser el caso, luego al interés moratorio o de fraccionamiento y por último a la multa.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.