Reglamento de la Ley N.° 30119, Ley que concede el derecho de licencia al trabajador de la actividad pública y privada para la asistencia médica y la terapia de rehabilitación de personas con discapacidad
ARTÍCULO 3º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las disposiciones de la Ley y del presente reglamento se aplican a los/las trabajadores/as de la actividad pública y privada, independientemente de su régimen laboral, que se encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:
1. Tengan hijos/as menores con discapacidad;
2. Tengan bajo su tutela a personas menores de edad con discapacidad; Oh,
3. Estén designados/as como apoyo de una persona mayor de edad con discapacidad en condición de dependencia.
Artículo modificado por el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 009-2019-TR, publicado el 29 de junio de 2019.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.