Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad
Octava.- Implementación del Banco de Proyectos a cargo del Ministerio de la Producción
El Ministerio de la Producción implementa el Banco de Proyectos, en el marco de lo dispuesto por el artículo 57 de la Ley, en un plazo no mayor de 90 días contados a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.