Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad
ARTÍCULO 64º.- REQUISITOS Y CONDICIONES PARA ACCEDER A LA PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA
64.1 Los requisitos para acceder a la pensión no contributiva son los siguientes:
a) Contar con un certificado de Discapacidad severa, emitido por los establecimientos de salud debidamente acreditados por las Direcciones Regionales de Salud y las Direcciones de Salud de Lima Metropolitana.
b) Encontrarse en situación de pobreza bajo los criterios del Sistema de Focalización de Hogares - SISFOH.
c) No percibir ingreso o pensión que provenga del ámbito público o privado.
64.2 De ser el caso, la entrega de la pensión no contributiva se realizará al representante legal de la persona con discapacidad severa, indicado en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad y de acuerdo con la normativa vigente.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.