Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad

ARTÍCULO 50º.- POLÍTICA DE FOMENTO DEL EMPLEO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

50.1 El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de la Dirección de Promoción Laboral para las Personas con Discapacidad formula, coordina, ejecuta, dentro del ámbito de su competencia y supervisa la Política Nacional de Promoción de Oportunidades de Empleo para la Persona con Discapacidad.

50.2 La finalidad de la Política Nacional de Promoción de Oportunidades de Empleo para la Persona con Discapacidad es promover la inserción formal y adecuada de la persona con discapacidad en el mercado de trabajo, aplicando estrategias tanto de diseño universal como especializadas, que se orienten a mejorar sus competencias, reconocer sus capacidades, habilidades y fomentar entornos laborales inclusivos.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.