Establecen Disposiciones para la aplicación de las Leyes N.° 27626 y 27696, que regulan la actividad de las empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores
ARTÍCULO 21º.- REQUERIMIENTO DE REAJUSTE A NOMBRE DEL MINISTERIO
Si el monto de la carta fianza no se ajusta a lo establecido en el Artículo 19º del presente dispositivo, la entidad debe presentar una adicional por la diferencia existente.
Concordancias
Ley N.° 27626, Art. 24°
D.S. N.° 003-2002-TR, Art. 19°
TUPA MTPE: R.M. N.° 317-2018-TR (19.12.18) Trámite N.° 90.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.