Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo

ARTÍCULO 24º.-

Para efectos de establecer las sobretasas a que se refiere el Artículo 10º de la Ley, se deberá tomar en consideración la remuneración ordinaria percibida por el trabajador de que trata el Artículo 11º de la Ley.

Concordancias

D.S. N.° 007-2002-TR (04.07.02), Arts.10º, 11º y 12º

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.