Aprueban disposiciones reglamentarias de la Ley que crea el Impuesto a la Venta de Arroz Pilado, Ley N.º 28211 y normas modificatorias

ARTÍCULO 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN

Para los efectos del IVAP, la primera venta en el territorio nacional comprende la primera venta de bienes afectos no producidos en el país, después de su importación definitiva, así como la primera venta de bienes afectos producidos en el país.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.