Aprueban Reglamento de la Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura
ARTÍCULO 6º.- PLAZO PARA LA CALIFICACIÓN
Las solicitudes de inscripción de Proyectos Editoriales se calificarán dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de la presentación de la solicitud respectiva. De no adjuntarse la tasa correspondiente o de no contener la información a que se refiere el artículo 4 del presente Reglamento, se concederá un plazo de cuarenta y ocho (48) horas a fin de que se subsane dicha omisión; de lo contrario, la solicitud se considerará no presentada.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.