Crean el Sistema de Llevado del Registro de Ventas e Ingresos y de Compras de Manera Electrónica en SUNAT Operaciones en Línea
ARTÍCULO 4º.- DE LA OBTENCIÓN DE LA CALIDAD DE GENERADOR
La calidad de generador se obtiene con la generación conjunta de los registros electrónicos en el Sistema.
Se entiende cumplida la obligación de llevar los registros electrónicos en el Sistema, con la generación conjunta de ellos.
Artículo 4 modificado por el Numeral 2.1 del Artículo 2 de la Resolución de Superintendencia N° 169-2015-SUNAT, (30.06.15), vigente a partir del 01.01.16.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.