Ley de prevención del cáncer en las mujeres y del fortalecimiento de la atención especializada oncológica

ARTÍCULO 4º.- COBERTURA DE LA ATENCIÓN QUIRÚR- GICA RECONSTRUCTIVA A LOS PACIENTES CON CÁNCER DE MAMA

Las aseguradoras, sean públicas o privadas, incorporan en sus planes de seguro y que requiere indicación del médico tratante lo siguiente:

a) Cirugía reconstructiva para las pacientes con cáncer de mama que hubieran tenido una mastectomía parcial o total.

b) Procedimientos quirúrgicos que contemplen la posibilidad de dispositivos médicos según el tipo de cáncer que padezca el paciente.

c) Tratamientos especializados que contribuyan a la rehabilitación física, psicológica y psiquiátrica.

Asimismo, los establecimientos de salud públicos o privados establecen un procedimiento para la atención prestacional prioritaria de los pacientes con diagnóstico oncológico.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.