Norman la presentación de declaraciones mediante el Programa de Declaración Telemática (PDT) para los sujetos perceptores de Rentas de Cuarta Categoría

ARTÍCULO 2º.- ALCANCE

El presente dispositivo regula la presentación de la Declaración y pago mensual, utilizando el PDT Trabajadores Independientes, de los conceptos que a continuación se señalan:

a) Impuesto a la Renta, correspondiente a los contribuyentes que perciban rentas de cuarta categoría de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 33º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta;

b) IES, correspondiente a los contribuyentes que se encuentran obligados a tributar por dicho impuesto.

La determinación de los conceptos mencionados en el presente artículo constituyen obligaciones independientes entre sí, aun cuando se realicen en el mismo PDT Trabajadores Independientes, debiendo consignar la totalidad de la información que se señale en las ayudas del mencionado PDT.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.