Regulan un medio alternativo al formato físico que contiene la información del beneficiario final y modifican el plazo para la presentación de la declaración del beneficiario final de los entes jurídicos establecido en la Resolución de Superintendencia N.° 000041-2022/SUNAT
ARTÍCULO 2º.- FINALIDAD
La presente resolución tiene por finalidad que las personas jurídicas o entes jurídicos tengan un medio adicional para implementar el formato mediante el cual los beneficiarios finales proporcionan su información, así como brindar un plazo adicional para que los entes jurídicos cumplan sus obligaciones relacionadas con la información del beneficiario final.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.