Ley de Productividad y Competitividad Laboral

TIEMPO DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES EN LOS CONTRATOS INTERMITENTES
ARTÍCULO 66º.-

El tiempo de servicios y los derechos sociales del trabajador contratado bajo esta modalidad se determinarán en función del tiempo efectivamente laborado.

CONTRATO DE TEMPORADA

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.