Ley de Productividad y Competitividad Laboral
PROGRAMAS ESPECIALES
ARTÍCULO 107º.-
El Ministerio de Trabajo y Promoción Social en coordinación con los Ministerios de la Producción impulsará el establecimiento de programas especiales dirigidos a apoyar procesos de reconversión productiva en las empresas que vienen operando en el Sector Informal Urbano (SIU), tendentes a mejorar sus niveles de productividad, con la finalidad de potenciar la capacidad generadora de empleo.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.