Ley que crea el impuesto a la venta de arroz pilado y modifica el Apéndice I del Texto Único Ordenado del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo
ARTÍCULO 5º.- NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
La obligación tributaria se origina:
a. En el caso de la primera venta, en la fecha que se emite el comprobante de pago o en la fecha que se entregue el bien, lo que ocurra primero.
b. En el caso de retiro de bienes, en la fecha del retiro o en la fecha en que se emite el comprobante de pago, lo que ocurra primero.
c. En la importación, en la fecha en que se solicita su despacho a consumo.
Concordancia reglamentaria
Artículo 6.- Retiro de bienes
El retiro de bienes a que se refiere el Artículo 5 de la Ley del IVAP, constituye el retiro de bienes realizado por el importador de los mismos, considerado como venta en virtud del numeral 2 del literal a) del Artículo 3 de la Ley del IGV e ISC, así como del literal c) del numeral 3 del Artículo 2 del Reglamento de la Ley del IGV e ISC.
Jurisprudencia
RTF N.º 2682-4-2017
Se confirma la apelada en el extremo que declaró infundada la reclamación formulada contra unas resoluciones de determinación giradas por el Impuesto a la Venta de Arroz Pilado respecto de las operaciones realizadas por la propia recurrente y las sanciones vinculadas.
Informes SUNAT
Informe N.º 076-2019-SUNAT/7T0000
En caso que se efectúe una primera venta gravada con el IVAP, y posteriormente los bienes materia de esta venta sean trasladados fuera de las instalaciones del molino como consecuencia de esta operación, no opera respecto de dicho traslado la ficción legal antes mencionada, por lo cual no se encontrará sujeto al mencionado impuesto.
Informe N.º 091-2009-SUNAT/2B0000
El retiro de bienes afectos al Impuesto a la Venta de Arroz Pilado fuera de las instalaciones del molino se encuentra afecto a dicho Impuesto, independientemente que tales bienes se destinen a la venta interna o exportación.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.