Establecen disposiciones que regulan la modalidad virtual de inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC, y su renovación

ARTÍCULO 4º.- MEDIOS DE INSCRIPCIÓN VIRTUAL

4.1. La modalidad virtual de inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC es puesta en funcionamiento a través de un aplicativo informático disponible en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (en adelante, MTPE).

4.2. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4 del Reglamento del RETCC, el desarrollo y cabal funcionamiento del aplicativo es responsabilidad de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones del MTPE.

4.3. Las direcciones y gerencias regionales de trabajo y promoción del empleo de cada Gobierno Regional coadyuvan al adecuado funcionamiento de la modalidad virtual de inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC, asegurando contar con los recursos materiales, humanos, informáticos, entre otros necesarios para tal efecto.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.