Amplían el uso de formularios virtuales para la declaración y pago del Impuesto General a las Ventas e Impuesto a la Renta, contribuciones al ESSALUD y a la ONP de trabajadores del hogar
ARTÍCULO 4º.- USO DE FORMULARIO VIRTUAL EN LUGAR DE FORMULARIO PREIMPRESO N.° 116 “TRABAJADORES INDEPENDIENTES”
A partir del 1 de octubre de 2012, no podrá utilizarse el formulario preimpreso N.° 116 “Trabajadores independientes” para la declaración y pago del Impuesto a la Renta cuarta categoría - cuenta propia, salvo lo dispuesto en el artículo 5 de la presente Resolución.
A partir de dicha fecha, el concepto antes mencionado se declarará y pagará únicamente a través del Formulario Virtual N.° 616 - PDT Trabajadores independientes, o de ser el caso, del Formulario Virtual N.° 616 - Simplificado Trabajadores Independientes, incluidas sus declaraciones rectificatorias.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.