Aprueba el Formulario Virtual para la Declaración y Pago del Impuesto a la Renta de Segunda Categoría
Primera.- VIGENCIA
La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final que entrará en vigencia a partir del 1 de febrero de 2010.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.