Aprueban disposiciones y formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras
ARTÍCULO 16º.- CONTRIBUYENTES QUE CUENTEN CON CONTRATOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN O EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS
La Declaración a cargo de los contribuyentes que se indican a continuación se efectúa de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18, sin perjuicio de aplicar las disposiciones del capítulo anterior en cuanto fueran pertinentes, aun cuando cuenten con otros contratos de exploración y explotación o explotación de hidrocarburos sujetos a otros dispositivos legales:
1. Contribuyentes que cuenten con uno o más contratos de exploración y explotación o explotación de hidrocarburos, suscritos al amparo de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, cuyo TUO fue aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM.
2. Contribuyentes que hayan ejercido la opción prevista en la tercera disposición transitoria de la referida Ley Nº 26221.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.