Código de los Niños y Adolescentes

ARTÍCULO 48º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN

Los adolescentes que trabajan en forma dependiente o por cuenta ajena están amparados por el presente Código. Se incluye a los que realizan el trabajo a domicilio y a los que trabajan por cuenta propia o en forma independiente, así como a los que realizan trabajo doméstico y trabajo familiar no remunerado.

Excluye de su ámbito de aplicación el trabajo de los aprendices y practicantes, el que se rige por sus propias leyes.

Concordancias

Const., Art. 23°

C.N.A., Arts.19° y 22°

Conv. D.N., Art. 32°

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.