Oficio N.° 34-2024-7T0000 Las instituciones educativas públicas autorizadas que cuentan con RUC se encuentran obligadas a emitir comprobantes de…
Conclusión
Las instituciones educativas públicas autorizadas que cuentan con RUC se encuentran obligadas a emitir comprobantes de pago cuando transfieran bienes o presten servicios - en el marco de lo dispuesto en el decreto ley n.° 25632 y el RCP - por las actividades productivas y/o empresariales que realizan tales como alquileres de locales de la institución educativa, servicios de extensión educativa y/o desarrollo de actividades culturales o deportivas.
Fuente: SUNAT.
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