Informe N.° 109-2019-SUNAT/7T0000 Deducción del ISC pagado en la importación
La respuesta de SUNAT
Se encuentra afecta al Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) con la tasa 0%, la venta interna realizada por el importador de vehículos automóviles nuevos ensamblados concebidos principalmente para el transporte de personas, que fueron importados como vehículos originalmente diseñados para utilizar exclusivamente gasolina, diésel y/o semidiésel como combustible, y que posteriormente, de forma previa a su venta interna, fueron convertidos para utilizar gasolina y gas, diésel y/o semidiésel y gas, y se encuentran contenidos en las partidas arancelarias 8703.10.00.00 y 8703.21.00.10 a 8703.33.90.90.
Procede deducir el ISC que gravó la importación de los vehículos referidos en el párrafo anterior, del ISC que corresponda pagar por la venta interna, realizada por el importador, de cualquier bien comprendido en el mencionado literal A del Apéndice IV de la Ley del Impuesto General a las Ventas e ISC.
La consulta Ver lo que se preguntó a SUNAT
Se formulan las siguientes consultas:
1. ¿Se encuentra afecta al Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) la venta interna realizada por el importador – productor de los vehículos automóviles nuevos ensamblados concebidos principalmente para el transporte de personas que exclusivamente utilizan gasolina, diésel y/o semidiésel, contenidos en las partidas arancelarias 8703.10.00.00 y 8703.21.00. 10 a 8703.33.90.90, que con posterioridad a su importación son modificados para utilizar gasolina y gas, diésel y/o semidiésel y gas?
2. ¿Procede deducir el ISC que gravó la importación de los referidos vehículos?
Base legal del informe 2 normas
- Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e ISC, aprobado por el Decreto Supremo N.° 055-99-EF, publicado el 15.4.1999 y normas modificatorias (en adelante, Ley del IGV).
- Decreto Supremo N.° 181-2019-EF, que modifica el ISC aplicable a los bienes del Nuevo Apéndice IV de la Ley del IGV y el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, publicado el 15.6.2019.
Fuente: SUNAT.