Informe N.° 56-2015-SUNAT/5D0000 Crédito contra el impuesto - Decreto Legislativo N.° 882
La respuesta de SUNAT
Respecto de un contribuyente que hubiera tenido derecho al crédito tributario por reinversión del artículo 13° del Decreto Legislativo N.° 882 al momento de la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta, que no hubiera consignado dicho crédito en la declaración, en caso la Administración Tributaria fiscalice la determinación de la obligación tributaria contenida en ella, no se le aplicará a tal contribuyente el crédito en cuestión.
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Se consulta respecto de un contribuyente que hubier a tenido derecho al crédito tributario por reinversión del artículo 13° del Dec reto Legislativo N.° 882 al momento de la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta, si la falta de consignación del mismo en dic ha declaración implicaría que, en caso la Administración Tributaria fiscalice la determinación de la obligación tributaria contenida en ella, no se le d ebería aplicar a tal contribuyente el crédito en cuestión.
Artículos que interpreta
Base legal del informe 4 normas
- Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo N.° 882, publicado el 9.11.1996 y normas modificatorias.
- Normas reglamentarias de las disposiciones tributa rias aplicables a las instituciones educativas particulares, Decreto Supr emo N.° 047-97-EF, publicado el 30.4.1997 (en adelante, “Reglamento”).
- Texto Único Ordenado del Código Tributario, aproba do por el Decreto Supremo N.° 133-2013-EF, publicado el 22.6.2013 y n ormas modificatorias (en adelante, TUO del Código Tributario).
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la R enta, aprobado por el Decreto Supremo N.° 179-2004-EF, publicado el 8.12. 2004 y normas modificatorias (en adelante, “LIR”).
Fuente: SUNAT.