Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal
SEGUNDA.-
En tanto subsista predios arrendados sujetos al régimen de la Ley Nº 21938, el propietario podrá trasladar al inquilino el monto del impuesto a pagar, el mismo que en un dozavo formará parte de la merced conductiva mensual.
Concordancias
D.Leg. Nº 709, 5º DF. (Derogación del D.Ley Nº 21938), (08.11.91).
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.