Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal

ARTÍCULO 83º.-

El Impuesto será fiscalizado y recaudado por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, y se cancelará dentro del plazo establecido en el Código Tributario.

Artículo sustituido por el artículo 30º del Decreto Legislativo Nº 952 (03.02.04).

Concordancias

CT. Arts.55° (Facultad de recaudación), 59° (Determinación de la Obligación tributaria), 62° (Facultad de fiscalización). Rm N° 031-2018- EF/15 – Tabla de Valores referenciales a utilizarse para determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo del año 2018, (30-01-18)

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.