Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo
OBLIGACIÓN DE RECEPCIONAR EL PLIEGO Y NEGOCIAR DE BUENA FEARTÍCULO 54º.-
Es obligatoria la recepción del pliego, salvo causa legal o convencional objetivamente demostrable.
Las partes están obligadas a negociar de buena fe y a abstenerse de toda acción que pueda resultar lesiva a la contraria, sin menoscabo del derecho de huelga legítimamente ejercitado.
Concordancias
D.S. N.º 010-2003-TR (05.10.03), Art. 52°.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.