Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo
AFILIACIÓN LIBRE Y SIN CONDICIONESARTÍCULO 3º.-
La afiliación es libre y voluntaria. No puede condicionarse el empleo de un trabajador a la afiliación, no afiliación o desafiliación, obligársele a formar parte de un sindicato, ni impedírsele hacerlo.
Concordancias
Convenio N.º 87 de la OIT (sobre la libertad sindical y la protección del derecho de la sindicación)
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.