Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo

JUNTA DIRECTIVAARTÍCULO 23º.-

La junta directiva tiene la representación legal del sindicato y estará constituida en la forma y con las atribuciones que determine el estatuto.

Concordancias

C.C., Art. 124°

C.P.C., Art. 64°

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.