Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo
JUNTA DIRECTIVAARTÍCULO 23º.-
La junta directiva tiene la representación legal del sindicato y estará constituida en la forma y con las atribuciones que determine el estatuto.
Concordancias
C.C., Art. 124°
C.P.C., Art. 64°
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.