Texto Único Ordenado de la Ley N.º 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos

ARTÍCULO 81º.-

Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades de Hidrocarburos estarán sujetas al régimen tributario común, con las excepciones dispuestas por la presente Ley.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.