Texto Único Ordenado de la Ley N.º 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos

ARTÍCULO 80º.-

El Ministerio de Energía y Minas determinará la autoridad competente para regular el servicio de distribución de gas natural por red de ductos y dictará el reglamento que establecerá, entre otros aspectos, lo siguiente:

a) Normas específicas para otorgar concesiones.

b) Organización, funciones, derechos y obligaciones de la autoridad competente de regulación.

c) Normas para determinar los precios máximos al consumidor.

d) Normas de seguridad.

e) Normas relativas al Medio Ambiente.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.