Aprueban Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial
ARTÍCULO 54º.- EL DESCANSO SEMANAL OBLIGATORIO
El descanso semanal obligatorio y el descanso en días feriados se rigen por las normas del régimen laboral común de la actividad privada.
Concordancias
Ley N.° 28015 (03.07.03), Artículo 47
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.