Aprueban las “Normas complementarias al Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N.º 011-92-TR que regulan la comunicación de servicios mínimos y el procedimiento de divergencia, así como las características técnicas y los honorarios referenciales del órgano independiente encargado de la divergencia” y el “Formato referencial de comunicación de servicios mínimos”
ARTÍCULO 2º.- APROBACIÓN DEL FORMATO REFERENCIAL DE COMUNICACIÓN DE SERVICIOS MÍNIMOS.
Apruébase el “Formato referencial de comunicación de servicios mínimos” que como Anexo N.º 2 forma parte integrante de la presente resolución ministerial.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.