ARTÍCULO 1º.- APROBACIÓN DE LAS NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO DE LA LEY DE RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
Apruébanse las “Normas complementarias al Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo N.º 011-92-TR que regulan la comunicación de servicios mínimos y el procedimiento de divergencia, así como las características técnicas y los honorarios referenciales del órgano independiente encargado de la divergencia”, que como Anexo N.º 1 forma parte integrante de la presente resolución ministerial.
ARTÍCULO 2º.- APROBACIÓN DEL FORMATO REFERENCIAL DE COMUNICACIÓN DE SERVICIOS MÍNIMOS.
Apruébase el “Formato referencial de comunicación de servicios mínimos” que como Anexo N.º 2 forma parte integrante de la presente resolución ministerial.
ARTÍCULO 3º.- PUBLICACIÓN
Dispóngase la publicación de la presente resolución ministerial y sus anexos en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
ARTÍCULO 4º.- DIFUSIÓN
Dispóngase la difusión de la presente resolución ministerial y sus anexos a través de las diferentes Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo del territorio nacional.
Para descargar el anexo ingresar al siguiente link:
<https://www.gob.pe/institucion/mtpe/normas-legales/259533-048-2019-tr>
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.