Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1405, Decreto Legislativo que establece regulaciones para que el disfrute del descanso vacacional remunerado favorezca la conciliación de la vida laboral y familiar, para el sector privado

ARTÍCULO 9º.- ACUERDO DE FRACCIONAMIENTO DEL DESCANSO VACACIONAL

El acuerdo de fraccionamiento del descanso vacacional se celebra por escrito y debe ser previo al goce del mismo. En el documento se debe indicar expresamente la estructura del fraccionamiento, así como las fechas de inicio y término.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.