Reglamento de la garantía de la estabilidad tributaria y de las normas tributarias de la Ley N.º 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos
ARTÍCULO 5º.-
Para determinar la base imponible y el monto del Impuesto a la Renta, será de aplicación lo siguiente:
a) El Contratista estará obligado a determinar en forma separada y por cada Contrato la base imponible y el monto del tributo.
b) Cuando el Contratista realice Actividades Relacionadas, estará obligado a determinar en forma separada y por actividad la base imponible y el monto del tributo.
El tributo correspondiente será determinado conforme a las normas del Impuesto a la Renta, aplicables en cada caso.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.