Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias del Decreto de Urgencia Nº 044-2019 relativas al seguro de vida
ARTÍCULO 5º.- PROHIBICIÓN DE COSTOS DE INTERMEDIACIÓN
Quedan prohibidos los costos de intermediación en la contratación de la póliza del seguro de vida regulado por el Decreto Legislativo Nº 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, y sus modificatorias.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.