Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias del Decreto de Urgencia Nº 044-2019 relativas al seguro de vida
ARTÍCULO 4º.- CONTRATACIÓN DE PÓLIZA
El empleador está obligado a contratar la póliza del seguro de vida con una empresa de seguros supervisada por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - SBS.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.