Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC

Segunda.- Implementación progresiva del RETCC

Sin perjuicio de lo establecido en la primera disposición complementaria final, el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC, al que se refiere el presente decreto supremo, es implementado progresivamente en las regiones del territorio nacional.

Las obligaciones que se deriven del RETCC serán exigibles a partir de la culminación de su implementación en el territorio de cada dirección o gerencia regional de trabajo y promoción del empleo. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de resolución ministerial, establece los plazos de la implementación progresiva del RETCC a nivel nacional.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.