Aprueban Reglamento de la Ley de Prestaciones Alimentarias en Beneficio de los Trabajadores sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada

ARTÍCULO 21º.- DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES LABORALES

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de conformidad con el artículo 11º de la Ley y el Decreto Legislativo N.° 910, Ley General de Inspección y Defensa del Trabajador, supervisará periódicamente el cumplimiento de las obligaciones laborales de las Empresas Administradoras así como el de las Empresas Proveedoras de Alimentos que se encuentran debidamente registradas.

Concordancias

Ley N.° 28051 (02.08.03), Art. 11º

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.