Aprueban el Reglamento de Multas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

ARTÍCULO 29º.- RECURSO DE IMPUGNACIÓN

Contra la resolución de la Oficina General de Administración, procede la interposición de Recurso de Apelación, dentro del plazo de quince (15) días contados a partir del día siguiente hábil de notificada la resolución respectiva.

El recurso debe dirigirse al Jefe de la Oficina General de Administración para que eleve lo actuado al superior jerárquico, quien en un plazo máximo de treinta (30) días, emite la resolución correspondiente.

Para la admisión del recurso de apelación, el deudor debe cumplir con los siguientes requisitos:

29.1 Nombre o razón social del deudor.

29.2 Número de RUC o DNI según corresponda;

29.3 Fundamentos de hecho y de derecho que sustentan su pretensión;

29.4 Comprobantes de pago efectuados por la deuda, de ser el caso;

29.5 Pruebas que sustente su pretensión; y,

29.6 Firma del deudor o de su representante legal según corresponda.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.