Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31047, Ley de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar

ARTÍCULO 44º.- SOBRE LA PROHIBICIÓN DEL TRABAJO INFANTIL EN EL TRABAJO DEL HOGAR

44.1. La autoridad competente se encuentra prohibida de otorgar autorización para el trabajo del hogar a personas menores de dieciocho (18) años.

44.2. La colocación y la contratación de personas menores de dieciocho (18) años para el trabajo del hogar se encuentran prohibidas.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.