Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31047, Ley de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar
ARTÍCULO 41º.- APLICACIÓN SUPLETORIA
Son de aplicación supletoria las disposiciones contenidas en la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, conforme a su Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo 010-2003-TR, así como su normas complementarias y reglamentarias, en lo que sean aplicables.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.