Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31047, Ley de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar
ARTÍCULO 17º.- PLAZOS PARA EL DEPÓSITO DE LA COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS
La persona empleadora del hogar deposita la compensación por tiempo de servicios de la persona trabajadora del hogar dentro de los primeros quince (15) días naturales de los meses de mayo y noviembre de cada año. Si el último día es inhábil, el depósito puede efectuarse el primer día hábil siguiente.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.