Reglamento de la Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo

ARTÍCULO3º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN

E l ámbito de aplicación del presente reglamento comprende a los empleadores, ya sean estos entidades de la administración pública, instituciones y empresas privadas, así como aquellos/as trabajadores/as o servidores/as civiles que prestan servicios bajo la modalidad de teletrabajo, sujetos a cualquier tipo de régimen laboral, público o privado.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.