Reglamento de la Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo

ARTÍCULO 2º.- FINALIDAD

El presente reglamento tiene por finalidad que la regulación del teletrabajo se sujete a las necesidades del/la empleador/a público y/o privado, así como al marco del trabajo decente y la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral, y promover políticas públicas para garantizar su desarrollo.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.