Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31110, Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial
ARTÍCULO 5º.- CONTRATACIÓN LABORAL
En la celebración de contratos de trabajo de duración determinada, son de aplicación las disposiciones del Título II del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR y las correspondientes normas del Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-96-TR, sin perjuicio de las reglas del derecho preferencial de contratación previstas en el artículo 4 de la Ley.
Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.