Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31110, Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial

ARTÍCULO 40º.- APORTES A ESSALUD DEL TRABAJADOR AGRARIO INDEPENDIENTE

El aporte mensual del 6% de la RMV, se aplica desde la vigencia de la Ley N° 31110, tanto para los trabajadores/as agrarios independientes inscritos en ESSALUD, como para los nuevos asegurados.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.