Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente - Reglamento de la Ley MYPE

ARTÍCULO 47º.- APORTE MENSUAL DEL AFILIADO

El aporte mensual del afiliado se compone de los siguientes conceptos: el aporte mensual mínimo destinado a la “Cuenta Individual del Afiliado” y la comisión para la administración del Fondo de Pensiones Sociales.

Texto de consulta. Ante un caso concreto, verifica la norma publicada en el diario oficial El Peruano.